Los planes de pensiones son instrumentos de ahorro a largo plazo cuyo principal objetivo es complementar la pensión pública de la Seguridad Social
APORTACIONES MÁXIMAS
En Territorio Común:
La aportación máxima anual es de 8.000 euros (aportación individual+empresarial). Si es a favor de un discapacitado serían 24.250 euros/año y si éste fuera un familiar le podríamos aportar hasta 10.000 euros siempre que no superáramos el límite de 24.250 euros al año. En el caso de cónyuge sin ingresos o rendimiento inferiores a 8.000 euros, el límite estaría en 2.500 euros al año.
Los planes de pensiones son administrados por una Sociedad Gestora, quien se encarga de proporcionan a los partícipes la información sobre la evolución del plan. Este producto sólo puede rescatarse bajo determinados supuestos:
-JUBILACIÓN,SITUACIÓN ASIMILABLE Y JUBILACIÓN ACTIVA.
-INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA Y GRAN INVALIDEZ
-FALLECIMIENTO DEL PARTÍCIPE
-DEPENDENCIA
Supuestos excepcionales:
-ENFERMEDAD GRAVE.
-DESHAUCIO.
-LIQUIDEZ ANTIGÜEDAD 10 AÑOS*
-DESEMPLEO LARGA DURACIÓN.
María José Galego Vázquez – Asociada EFPA 12451